Contra la corrupción (IV): ¿qué hacer con los imputados?

Si tuviera que elegir, ¿qué preferiría usted: que al culpable de un delito de corrupción se le condenase antes, o que se le condenase con más pena?; ¿más años de prisión o inhabilitación, o menos demora desde la denuncia hasta la celebración del juicio?
 
También podemos preguntárnoslo de otro modo: quien ha cometido hechos delictivos en el ejercicio de su cargo, sabiéndose culpable, ¿qué preferirá?: ¿que la pena sea menor, o que tarde más en producirse la condena?
 
La lentitud de la Justicia (exasperante en los casos más graves de corrupción) es injusta tanto si el imputado es culpable como si es inocente. Si es culpable, porque aleja demasiado la condena del hecho delictivo y con ello pierden tanto la credibilidad como la eficacia misma de la sanción penal. Si es inocente, porque se prolonga demasiado la incómoda situación de estar señalado como posible culpable de un delito que no ha cometido, sin que baste con la invocación de la presunción de inocencia en una sociedad con tantas ansias por tirar las primeras piedras.
 
La tardanza de la respuesta penal  está provocando que  a la sociedad le importe mucho más la imagen de la detención, o del acusado subiendo las escaleras del tribunal para declarar, que la decisión sobre condenar o absolver; que tenga más importancia la instrucción (que no es sino un conjunto de actos preparatorios del juicio) que el juicio. Y eso es un grave problema de no poca trascendencia cultural, que en realidad ya padecemos: lo que importa por encima de todo es la "noticia", y no la "sentencia". El Juzgado de Instrucción como una terminal de los medios de comunicación.
 
Tampoco sé si es buena solución esa regla de los "códigos éticos" de algunos partidos según la cual una imputación produce automáticamente la consecuencia del cese en el cargo público. Es una medida generalmente aplaudida, porque genera la impresión de "tolerancia cero". Pero no sé si se ha reparado en las disfunciones que, en no pocas ocasiones, puede generar. Por lo pronto, si la medida se aplica automáticamente, en no pocos casos (sobre todo en aquellos en que la pena consista en la suspensión o inhabilitación para cargo público), sobrará el juicio, pues el acusado ya estará sufriendo en sus carnes, por decisión "ética" del partido, la condena de la que tendría que defenderse en el juicio, con lo que el momento clave del proceso será lo que gire alrededor de la imputación, y no la decisión sobre culpabilidad o inocencia. Tengo la impresión de que esta  "norma ética" no es sino una sobreactuación de los partidos. ¿Es que no tiene derecho un partido a valorar y ponderar las razones y las debilidades de la imputación a fin de decidir si le presta apoyo o si le invita a cesar? ¿Por qué no va un partido a ofrecer una apoyo cerrado a un imputado concreto si llega a la conclusión de que su conducta es perfectamente defendible y la acusación infundada? La respuesta creo que es clara: porque, para contrarrestar la bien ganada reputación de complacientes con la corrupción propia, el partido va a preferir sacrificar al imputado a fin de "parecer" resolutivo.
 
Si de verdad se tiene la convicción de que el castigo penal puede ser un instrumento útil para reducir la corrupción política, y no un mecanismo impreciso, aparatoso pero ineficaz, y desajustado en el tiempo, debería ser prioritario dotar a la justicia de más medios (más jueces, más fiscales, más funcionarios, mejores programas informáticos, una formación específica en materia de delincuencia económica) y estudiar reformas procesales que agilicen la instrucción y reduzcan sus tiempos muertos sin merma de las garantías básicas.
 
Y en este empeño hemos perdido una Legislatura más. Se ralentizó el número de plazas en las oposiciones de judicatura, y ahora que por un lado se anuncia un retorno a niveles más razonables de oferta de plazas, por otro lado se prescinde de la legión de jueces sustitutos de larga duración, por lo que el número efectivo de jueces descenderá. Con la dimisión del ministro Gallardón por verse desautorizado en el  énfasis que puso en cumplir el encargo de contrarreformar la ley del aborto, se abortó (nunca mejor dicho) el anteproyecto de nuevo código procesal, por lo que seguiremos con una ley de enjuiciamiento criminal que estorba cada vez más y ayuda cada vez menos a una concepción moderna y útil de la justicia. Otra gran promesa electoral incumplida, y no menos grave que otras más  denunciadas.
 
Pensemos, pues, antes de disparar. No pongamos tanto énfasis en la 'automática' dimisión por imputación, que otorga un protagonismo excesivo al Juez de instrucción en detrimento del Juez sentenciador (es decir, del que sólo puede pronunciarse después de haber presenciado un juicio con todas las garantías). Exijamos un compromiso inequívoco de que no habrá una Legislatura más sin acometer las imprescindibles reformas de la justicia penal. Afinemos las figuras delictivas, ampliemos el repertorio de penas posibles (no tiene sentido el excesivo protagonismo de la cárcel para todo tipo de delitos en el siglo XXI), pensemos formas más eficientes de selección y formación de jueces, y perfilemos de una vez un proceso penal "limpio", predecible, ágil y garantista: porque lo que ralentiza los procedimientos no son las garantías, sino la confusión y el emborronamiento.

1 Respuesta

  1. Mi sensación es de que en los casos de presunta corrupción hay que investigar, juzgar y condenar más rápido para dar menos pie al borrado de huellas o responsabilidades.

    Si el presunto al final es inocente que vuelva a su puesto y se lave su honor, pero si es culpable que sea puesto a buen recaudo. La justicia además de ser justa ha de ser eficiente e igualatoria, midiendo a todos por el mismo rasero. Aún no entiendo por qué a unos se les desahucia cuando no pagan -porque no tienen con que pagar- y otros roban y se enriquecen, pero nunca devuelven lo robado a la sociedad. Esa que construimos entre todos.

    Puede que esté muy equivocada, pero te dejo mi impresión. Saludos

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