Una vez que el Tribunal Supremo (a través de su magistrado instructor) se ha pronunciado, no tiene demasiada utilidad (salvo el desahogo personal al que usted tiene derecho) decir "me parece bien", o "me parece mal", o "yo habría hecho esto", porque lo que importaba saber es qué iba a hacer el instructor después de examinar la causa y oír las alegaciones de las partes, y ya lo sabemos. También sabemos (al menos es mi opinión) que la resolución ha evitado derroteros equivocados (como basar la decisión en función de declaraciones de intenciones de los acusados, o sobre razones de oportunidad política y electoral), y se ha limitado a ir resolviendo sobre los puntos marcados por la ley: si, una vez que se dio por buena la imputación de los delitos de rebelión y sedición, se aprecia o no un riesgo de fuga, de reiteración delictiva, o de destrucción de pruebas.
Creo, en cambio, que sí puede tener alguna utilidad que desde perspectivas plurales se analice jurídicamente el texto con la intención de fomentar un debate público centrado en aspectos no viscerales ni apriorísticos, que son los que generalmente se expresan con más rapidez. Mi intención no es juzgar el auto del magistrado Llarena, sino reflexionar al hilo de su argumentación sobre algo siempre tan importante como es la prisión preventiva.
Necesito hacer una precisión: es mucho más fácil analizar un auto que dictarlo. En el momento de dictarlo, hay un conjunto de consideraciones posibles que ha de ir jerarquizándose y ordenándose hasta llegar a una decisión motivada. Una vez dictado, la complejidad se reduce enormemente: se trata tan solo de analizar (jurídicamente) un texto ya perfilado, y no de tomar una decisión.
1. La premisa: la imputación por un delito de rebelión (y sedición).
Sobre este aspecto no voy a insistir. He manifestado ya reiteradamente que la expresión "alzamiento" (violento o tumultuario) que define los delitos de rebelión y de sedición no puede identificarse con una movilización ciudadana programada y masiva, si resulta creíble que los convocantes o instigadores estaban realmente empeñados en excluir cualquier comportamiento violento o agresivo como medio de obtener la finalidad pretendida. Mi valoración es que la marca pacífica del proceso a la independencia era particularmente creíble, no sólo por la trayectoria misma de las organizaciones que la propugnan, sino sobre todo porque aparecía precisamente como una "condición de posibilidad", dado que la aparición de brotes de violencia determinaría la volatilización de toda esperanza de apoyo social mayoritario y de apoyo internacional, imprescindibles para la obtención de la independencia. Sin embargo ésta es una valoración que podría parecer excesivamente ingenua o confiada para muchos, y admito que no es ni mucho menos una aberración dejar la valoración definitiva al momento del juicio. En todo caso, sí parece claro que sin tal imputación la prisión provisional sería impensable, pues el delito de prevaricación no lleva aparejada cárcel, y el delito de malversación (que sí la lleva, pero en medida muy inferior a la rebelión/sedición) no podría seguir cometiéndose por los querellados al menos mientras no recuperasen la condición de autoridad, que ahora mismo no ostentan.
2. La condición necesaria: el riesgo real de reiteración delictiva y la eficacia de la prisión para minimizarlo.
Descartados expresamente por el auto el riesgo de fuga y el de destrucción de pruebas, el mantenimiento de la prisión provisional dependía directamente de la apreciación de la existencia de un riesgo de reiteración delictiva.
Es muy importante advertir que no basta con una "potencialidad" o "eventualidad" de reiteración delictiva, sino que es preciso apreciar un riesgo real. La pregunta que había de resolver el magistrado instructor no era sencillamente si cabía alguna posibilidad de que Junqueras, Cuixart, Sánchez y Forn persitieran en comportamientos delictivos (y en particular si podían seguir alimentando las condiciones para que se produjera una rebelión). La pregunta era mucho más difícil, porque comporta una ponderación o comparación de bienes y males en conflicto. La pregunta era, más bien la siguiente: ¿"merece la pena" privar a estas personas (de manera irreparable) de su derecho a la libertad mientras no recaiga sentencia condenatoria? La merecería si, según apreciación del magistrado (que tiene más datos que usted y que yo sobre la mesa), el riesgo de rebelión o de sedición se incrementase de manera significativa estando estas personas en libertad, para lo cual habrá que valorar, primero, si están o no en condiciones (según pronósticos razonables) de perseverar en las conductas preliminarmente calificadas como delictivas, y segundo, si estando en prisión se reduce considerable y eficazmente la posibilidad de la reiteración de la movilización ciudadana sediciosa o rebelde.
Esta ponderación, a mi juicio imprescindible, es la que echo de menos en el auto. No digo que no se haya hecho, sino que no aparece con claridad en el texto, siendo tan decisiva como es. En él se razona de manera formalmente impecable que dado el protagonismo que tuvieron en el diseño de un proceso que incorporaba expresamente la presión ciudadana para obtener el resultado de la independencia, no basta con una proclamación de respectar en lo sucesivo los límites constitucionales, dado que de persistirse en la conducta podría llegarse a una situación de "explosión violenta" (son términos del auto) con daño irreversible, y es normal no fiarse sin más de la palabra dada en términos de defensa. Pero no aparece un juicio expreso de proporcionalidad. Esta proporcionalidad, obviamente, no puede suplantarse por deseos o prejuicios ("deben quedarse en la cárcel", o "deben salir"). Ha de referirse al nudo de la cuestión.
Los males extremos que había de sortear el magistrado instructor eran estos dos: el primero, que estas personas se vean privados injustamente de su derecho a la libertad por resultar finalmente una sentencia absolutoria (o sin condena de cárcel), lo que comportaría un sacrificio irreversible de su derecho; y el segundo mal, que su puesta en libertad contribuya de manera decisiva a que se produzca una rebelión antes de que recaiga sentencia. La rebelión es un delito de consecuencias gravísimas, y por tanto su prevención puede justificar que se extremen las cautelas en el juicio de proporcionalidad al que me he referido. Pero nunca puede llegarse al automatismo. Nunca la abstracta posibilidad de reiteración delictiva puede justificar la concreta privación de libertad antes de un juicio con todas las garantías que termine en condena firme.
En el presente caso, pues, la clave, lo difícil, estaba en razonar la convicción de que la prisión preventiva de Junqueras, Sánchez, Cuixart y Forn es una medida "eficaz" para minimizar un riesgo "cierto" de rebelión/sedición, y no obviamente por disuadir a terceros (no caben prisiones preventivas ejemplarizantes), sino porque ellos tengan alguna llave especial para accionar el proceso que no tengan otros. Y aquí, entonces, las preguntas brotan justificadamente. Yo me ceñirá a una de ellas, la que me parece más difícil: ¿es razonable pensar que las movilizaciones ciudadanas potencialmente violentas se producirán si tales personas salen libres, y no se producirán si siguen en la cárcel? ¿Son las cuatro personas insustituibles o difícilmente sustituibles en el liderazgo de tal supuesta estrategia de alzamientos violentos? Si la respuesta es que sí, entonces la medida hay que calificarla como proporcional. Si la respuesta es que no, la medida es ineficaz, y por tanto la prisión provisional se convierte en una prisión anticipada.
¡¡¡¡ Mon Dieu!!!! D’Artagnan…
¡¡¡¡Qué maravilla!!!!
Cómo manejas el florete… siempre tan complaciente con los Richelieu… de la Audiencia… del Palacio Nacional…
¡Qué arte! con la montblanc
Solo algunas cosillas que no entiendo:
¿Por qué dices que puede ser ingenua una condición de posibilidad que verifica la teoría de un suceso real que sucede ineluctablemente conforme al axioma de la misma posibilidad? …
Axioma que, por cierto, sólo es refutable por el suceso contrario a la condición. Suceso que no tuvo lugar.
Si no entiendo mal, todo riesgo es una contingencia. Es decir; una posibilidad a priori que sólo existe en la mente de quien lo postula… ¿Qué es, pues, un riesgo real; es una contingencia o un suceso real?…
¿Acaso existe ya hoy el gordo de navidad de este año?… ¿Por qué diantres hay que esperar al 22 de diciembre?…
¿Qué es una ponderación, sino una opinión arbitraria?… ¿Acaso la ponderación de un juez es menos arbitraria porque es una ponderación ad hominem?… ¿Me he perdido algo?…
Este párrafo es de nota celestial en unas oposiciones a la Santa Inquisición:
“La merecería si, según apreciación del magistrado (que tiene más datos que usted y que yo sobre la mesa), el riesgo de rebelión o de sedición se incrementase de manera significativa estando estas personas en libertad, para lo cual habrá que valorar, primero, si están o no en condiciones (según pronósticos razonables) de perseverar en las conductas preliminarmente calificadas como delictivas, y segundo, si estando en prisión se reduce considerable y eficazmente la posibilidad de la reiteración de la movilización ciudadana sediciosa o rebelde.”
PREGUNTO PORQUE NO ME ENTERO:
¿Qué datos tiene el magistrado que no tenga mi abuela… O es que Junqueras si se rebela él sólo y se sediciona él sólo también ya hay “República Catalana” en el planeta Tierra?
¿De verdad que el magistrado puede pensar que puede haber una rebelión de Junqueras antes de que recaiga sentencia?… ¿Tan poco cree el magistrado en la celeridad de su justicia?
Esto me suena a las muy proporcionales pruebas a las que la inquisición sometía a las brujas; que si flotan son brujas y que si se ahogan no lo son… Es decir que si Junqueras sale de la prisión se revoluciona Cataluña, pero si no sale no se revoluciona…
Ese ratio decidendi es de una proporcionalidad tan diáfana que me pregunto: ¿Qué es una revolución hoy en día?… ¿Un tío montado a caballo al galope, o un ‘indio’ corriendo a pie gritando desencajado por las calles de Barcelona?…
La pena es que en ninguno de estos dos fotogramas de la película justiciera de la AN–productions SA me veo yo a Junqueras… Mucho menos en reiteración abstracta… y con llave especial de superagente 86, o modelo Trump con peluquín…
Así que la medida me parece ineficaz ya de entrada y sin tanto esgrima…
¿Cuánto nos cuesta este árbitro de inutilidades.. y cuantas pagas tiene?
¡¡¡Que Dios nos coja ya confesados y con la fianza pagada!!!
Bonne Nuit… Mousquetaire!!!
Digo que puede ser ingenua porque sé que no pocos dirían que es ingenua. Es neutralizar una vía de escape para ir al meollo. No escribo para los convencidos, procuro utilizar caballos de Troya… Lo que llamas esgrima es saber cuáles son los escudos más tópicos.
El resto consiste en contestar a mi pregunta, y estoy de acuerdo con tu respuesta, como creo que se intuye al leer el texto.
Un riesgo real no es un suceso. Es lo contrario de un riesgo imaginario. Es decir, que la probabilidad de que se produzca el suceso no sea insignificante.
¿Por qué una ponderación ha de ser una opinión “arbitraria”? ¿Qúe significa “arbitraria”? ¿No podría ser una opinión “discrecional” pero pautada?. Ponderar es sopesar, pero como el objeto de la ponderación no son masas, sino intereses, no hay balanzas científicas, sino razonamientos que superen a sus contrarios.
“Árbitro de inutilidades”. Again. ¿Qué hacemos entonces? ¿Decides tú? ¿Se decide la prisión en referéndum? ¿Lo echamos a suertes?
Saludos!
¿En qué quedamos Miguel?
Como buen jurista, y aunque siempre bien intencionado (no lo dudo), tu relativismo es, no obstante, trilero e incongruente.
¡Veamos again!
Empiezas dándole crédito a las masas («no pocos dirían…»)
Luego les pones el cubilete encima de la bolita de los «no pocos»
Y en la oscuridad del cubilete les pones la peli del caballo de Troya… (pobreticos…)
En el intermedio me sacas el cubilete de los escuditos «más tópicos»
Y por último pones encima de la mesa el cubilete de la pregunta titular
Y Ahora a mover los cubiletes por la mesa… y dices:
1º.- «un riesgo real es lo contrario de un riesgo imaginario»
2º.- «una probabilidad que no sea insignificante»
PREGUNTO a un inquilino del palacio de los Reyes Catóticos…
Tanto monta, monta tanto; probabilidad alta o insignificante… ¿Probabilidad es?… ¿o no?
Tu cuantificador estocástico es Fuzzi, Fuzzi; requete Fuzzi de co..nes!… ¡Y lo sabes!… Tanto como Julio Iglesias…
Y ¿qué es una probabilidad, sino una opinión estocástica?…
SEGUNDA CORTINA DE HUMO….
¡Que tu me preguntes ¿Qué significa “arbitraria”?… es tentar la suerte… ¡Y lo sabes!
Ahora bien sugerir que “ponderación” podría ser una “opinión” “discrecional” pero “pautada”… para concluir con la RAE («ponderar es sopesar») y (…again…) los platillos de la balanza de la ciega del pedestal (¡Si! …esa que llaman “justicia”)… es de Guinness world records…
¿Qué es “pautada”?… «dícese del papel con pauta para aprender a escribir», también dícese “pentagrama musical”… Osease… intuyo aquí una variante musical de la jurisprudencia ¿o me equivoco mucho?…
¡SI QUE HAY BALANZAS CIENTÍFICAS!… se llama racionalidad; pensamiento racional, o simplemente sentido común…No hay platillos, ni pesas, ni sobrepesos… simplemente análisis racional…
Fijate en esta chavalina filipina que acaba de ganar un premio internacional con un simple video de análisis racional sobre algo que debe interesarte… No pierdas detalle; su brillantez es impresionante:
https://www.facebook.com/khanacademy/videos/10156079192793442/
¿Qué hacemos entonces?
MI RESPUESTA:
Dejar de jugar al futbol trilero de las convicciones jurisdiccionales medievales, manifiestamente irracionales, e indocumentadas ad hominen….
Consecuentemente deberíamos iniciar, cuanto antes, el camino de una justicia racional, no absolutista, y que realmente emane del pueblo real (inductivista), que es tanto como decir que emane de lo real, no del imaginario… que ya oigo que piensas que el pueblo real no es más que una masa indiferenciada de cafres…
¡Pues te digo que No! Y a la prueba más evidente te remito que es la ciencia y su historia…hay más…
Si yo decidiera…¡Otro gallo cantaría!… ¡Y lo sabes!
No quiero «árbitros» soberanistas indocumentados…
Quiero mediadores responsables y racionales… (y creo que ambos dos coincidimos en esto… a pesar de que estemos en diferentes orillas del pantano)…
¡El video de la chavala filipina es espectacular!… ¡Y lo sabes!… jajaja
Buen dia con los dados y las bolitas
Ok, justicia racional y democrática, estoy de acuerdo.
¿Con efecto de cosa juzgada (acatamiento de lo que se resuelva), o no?
¿Con un juez predeterminado por la ley?
¿Con un juez que deba juzgar con arreglo a leyes y pautas, o tirando de su sentido común? (uy, qué peligro)
¿Cómo se elige al juez que debe decidir? ¿Tu abuela? ¿La niña filipina?
¿Con un juez que pondere, o que eche a suertes?
¿Con un juez absolutista, o sujeto al principio de legalidad?
Viva el racionalismo judicial. En eso estamos desde hace algunos siglos. Todavía con mucho camino por delante.
¿Por qué dices que los árbitros de ahora son indocumentados? ¿Te lo dice tu sentido común?
A nadie se le puede pedir aceptación resignada intelectual de una resolución judicial, pero no me valen las enmiendas a la totalidad montadas sobre cubiletes sin garbanzo.
JAJAJAJAJA… ¡no desprecies nunca el sentido común!…
Fíjate lo potente que es el sentido común que a sus sedimentos ancestrales no le llaman “jurisprudencia”, sino “refranero” porque sus sentencias son “refranes” …
Y yo sólo voy a traer a este juicio de tinte escolástico dos “CORTA Y PEGA” refraneros… hay más…
1º.- “POR LA BOCA MUERE EL PEZ” … ( «sin garbanzo»…¿sin garbanzo?… yo siempre he hablado de “bolitas”… Y… a no ser que las veas troyanas con garbanzos en su vientre… yo nunca he usado el término “garbanzo”… NOTA BENE CRIPTIGRÁFICA; La buena hermenéutica es siempre un buen cazador de liebres de campo…)
2º.- “PIENSA EL TRILERO QUE TODOS SON DE SU CONDICIÓN”…( «enmiendas sobre cubiletes sin garbanzo»…Nota: se trata de una adaptación por analogía, toda vez que el refran original habla de “el ladrón”; supuesto que no concurre en este caso…)
¿Mi abuela; Juez?… ¡No conoces a mi abuela!
¿La niña filipina; Juez?… Pues no estaría mal… seguro que lo haría mejor que muchos… Y lo sabes… De momento mejor que algunos que tienes enfrente de tu palacete catolico–morárquico porque ella seguro que ni CORTA, ni PEGA… ya que es manifiesto que ¡PIENSA! con gran SENTIDO COMÚN…
¡AGAIN!…
Mi posición es clara y fija; clavada en suelo rocoso como la espada de Excálibur clavada en la roca de la leyenda del reino de “Camelot” (ver “camelo” en español…)
No quiero “JUECES–ÁRBITRO” de futbol, ni tampoco “JUECES–CROUPIER” de poker star, blackjack o las siete y media, con cartas marcadas… jugando en el “Camelot–Casino” de los “poderes–inconexos”…
¿Por qué digo “cartas marcadas”?… Veamos:
«efecto de cosa juzgada»… ¡Pues claro que sí!…
Pero cambiando la ley procesal y el sistema de recursos contra resoluciones arbitrarias irracionales de hecho y de derecho; con–o–sin; Corta y Pega… sepultando la autopísta subterránea de la prevaricación abductiva y cortando la superficial también… (el ejemplo de Juana que espero progrese)
«Juez predeterminado por la ley»… ¡pues claro que si!…
Pero sometido a controles de calidad de su función… controles que no lo criminalicen como ahora con el 446 CP o el 447 CP que es la mejor garantía de que esos controles no se efectuen porque los bunquerizan… Quiero controles que mejoren su calidad, no que la bunquericen en un soberanismo absolutista medieval… Quiero jueces que sean útiles a la justicia, no jueces que ajusticien… ¡Esa es la diferencia!… ¡Ese es el camino de reforma del modelo de progreso racional Galileano!… El epicentro de la justicia no es el juez, sino el ciudadano…
Mi posición es la de abolir de una vez por todas la cosmología medievalista de EL–JUEZ–SOL… que irradia justicia… en el gallinero…. como un cutre calentador eléctrico por encima de las jaulas… ¡Manda huevos!
«juez que pondere» ¿qué pondere?… te falla again tu hermenéutica… ¡de gordo!… again
No se cuantas veces he dicho que la ponderación judicial es la puerta de la prevaricación… Pero lo reitero una vez más…
Marcas las cartas con tinta tan fosforescente que se ven desde la otra punta del universo… a la carta de «EL JUEZ–SOL–ALGORITMO» rey de la justitia mecánica sacas la carta de «EL JUEZ–CROUPIER–DEL–CASINO–DE–LA–SUERTE»…
Te faltan tres cartas para la escalera de color… ¡quedo a la espera!
«juez sujeto al principio de legalidad»… ¡pues claro que si!…
Pero con leyes racionales que respondan a los intereses de la sociedad como conjunto de convivencia armónica, no con leyes que respondan a los intereses del zorro.
Ya se que me estas mandando a las praderas de Heidi… pero entonces eres tú quien está por la distopía, y quien la defiende con el falso argumento de que es lo mejor que hay…
¿«viva el racionalismo judicial»?… No lo conozco… ¿En qué consiste?… ¿es una pauta gramatical o un pentagrama musical?…¿Oes que la “sana crítica” es ahora todo un tratado de espitemología jurídica?… ¿Se ha refutado alguna teoría jurídica… o es que el Derecho crece por darwinismo social con mutación genética espontánea?… ¿me he perdido algo?…
«En eso estamos desde hace algunos siglos. Todavía con mucho camino por delante.»…
¿Dónde estáis y de qué camino hablas…?… Pero si todavía estáis con el Derecho Romano… en total casi XX siglos –más o menos–, en el mismo sitio… ¡Pero si todavía lleváis togas y puñetas!… ¡en Medicina esto se llama parálisis…!
Lo del camino ya es de nota… Te equivocas de orilla; este es el camino del caos… ¿A ver qué camino tomáis cuando el caso de Juana cruce la Plaza Nueva?… ¡Quedo también a la espera!
«indocumentados»… Pues si que me lo dice mi sentido común… y también lo dice el del gitano que dijo eso de “pleitos tengas y los ganes”… y el de Carlos Lemes, tu presidente, cuando dijo eso de la justicia robagallinas… y tú mismo también cuando describes el calvario de las oposiciones a Juez…
«pero no me vale…» … ¿Acaso eres la medida de las cosas?… que a ti no te valga no tiene valor alguno… eso si que es un argumento ad hominem ¡de copón!… ¡copón, copón!…
Por cierto hoy debe ser la fiesta de los jueces… he indagado y me parece que sois el único gremio medieval que no tiene patrón o patrona… ¿me equivoco?…
Mi abuela era muy beata y recelaba de aquellos gremios que no tenían patrón en el santoral y los calificaba de “herejes”… Por eso no aceptaría nunca ser jueza…
Cierto que Dios tampoco tiene fiesta patronal… sería una incongruencia…
Aunque he visto en google que el Colegio de Procuradores de Málaga celebra su fiesta patronal el 4 de octubre… dedicada a Ntra. Sra. de los Dolores…
Pero no encuentro cuando es la fiesta de Ntra. Sra. de los Martirios…
¡Buen día de la Constitución!
“No me vale” no es argumento ad hominem, ni siquiera es argumento, es una opinión personal (que luego puede o no argumentarse). Argumento ad hominem es “no me vale (o me vale) porque lo dices tú, que eres así, así, así y así”.
Yo también quiero mejores leyes, mejores jueces, más controles de calidad (pero no será un dios quien los lleve a cabo, ni bastaría con un Aramis, sino que tendrían que ser… árbitros falibles) y más democracia. Pero lo del Juez-Sol es un cubilete sin garbanzo. No te mando a las praderas de Heidi, eres mucho más útil en la trinchera.
ACABO DE VERLO…¡GENIAL!
Esta es mi justicia…¡Si Señor!… la que emana de ahí… la inductiva… aunque los soberanos se la pasen por el hierro de la memoria…jajaja… ¡Eppur si muove… !… poquito… pero si muove en Granada… Y ya van dos Spiriman y Juana….
Así empieza la aritmética: 1 +1 + otro y la moto…
¡Eppur si muove!… los rebeldes abundan…
¡Buen día!
De tanto entusiasmo me olvidé del sujeto del verbo… Ahí va:
http://www.publico.es/sociedad/juana-rivas-cientos-organizaciones-piden-investiguen-sancionen-irregularidades-judiciales-caso-juana-rivas.html
¡Genial!…¡Y lo sabes!
¡LA HOSTIA MIGUEL!…
Tu utilitarismo es de la época del Seat 600…
¡Ojo!… es mi opinión, que no es ad hominem porque un “parado” ni siquiera tiene “hominem” en éste País aunque esté sentado en una biblioteca leyendo papel higienico… Lo dice el Gobierno y lo sentencia la justitia… No lo digo yo… que conste.
No digo “personal” porque la he oido con frecuencia de otras “personas” y no dispongo de título nominal de propiedad, ni física ni intelectual…
Y como mi propiedad es mínima según el Derecho de Romanos–y–Meritorios… entiendo que no te valdrá porque lo digo yo aunque no diga que seas así, así, y así…
Pero si digo que eres pésimo hermeneuta y epistemólogo, que de eso he leido algo en mi silla de parao en tiempos juveniles y actuales y puedo acreditar título meritorio de silla sudada… y tú has leido poco y sin título de campo…(intuyo por las pruebas e indicios…)
En cuanto a lo de que “No me vale”… no sea argumento es lo mismo que decir que “Plaza Nueva” no es el nombre de una plaza, sino la opinión personal de quién dijo que era “nueva” en sede municipal y el funcionario se lo recogió ad hominem y lo rotuló y mandó poner el letrero para que luego pudiese, o no, argumentarse…
¡Argumentemos pues!…
¿Te imaginas un Diós que en vez de hacerse hombre se hubiera hecho controlador de romanos??? …¡A que no!… ni sería glorioso, ni tendríamos hoy Vaticano alguno… sólo la idea es herética y quien así la expone sería un hereje… Así que yo no he sido… ¡tú sabrás!…
Esta claro que para la empresa que defiendo no bastaría con un Aramis… ¡Qué más quisiera yo!… pero que de la premisa discutible de que un Aramis no baste te sacas la conclusión abductiva del JUEZ–ARBITRO futbolero–fiable… como el mago se saca el conejo de la chistera…. Aunque reconocerás que este conejo ni es blanco, ni sano, sino más bien negro–hollín y mixomatoso de últimas voluntades…
¿Controles de calidad… y más democracia?… ¿Sin reforma del gallinero y conservando la “resistensia eléctrica” de la ciega de las balanzas de mercaillos ambulantes…?…
¡Qué pesadilla de Halloween!…
¿Seguro que no te has atascado con el calendario?… Creo que ya pasamos Noviembre…¡No se!… es mi opinión… lo podemos argumentar…
Claro que el JUEZ–SOL es un cubilete sin garbanzo … ¡Cubilete enorme!… más que el del absolutismo político de Luís XIV de Francia quien acuñó la frase L’Etat c’est moi…
Frase que los Jueces españoles no transicionados repiten contínuamente a coro con Rajoy y sus muchachos del hominem; ¡El Estado Español somos nosotros!
Tan listos ellos, por cierto, que no se dieron cuenta que Puigdemont no era tan tonto como decían y han tenido que recoger velas a to leche retirando la orden de “captura” del prófugo tonto…. ¡De nota!
No se si soy util en la trinchera, pero si te diré que este debate si que está catalizando ideas que tenía perdidas en nubes difusas y que con tu ayuda están tomando formas concretas. Para mi ya es productivo, además de divertido…
Espero que también lo sea para ti
Yo no puedo pedir más…
Buen día ¡sin más argumento!
No dije “fiable”, sino “falible”. Y ahí está la clave.
¡Es verdad, Miguel!…
La verdad existe y hasta tú mismo la reclamas… y yo la encuentro a partir de simples actuaciones de verificación y contraste (falsación, etc.)…
Y lo reconozco… Y me equivoqué como Juan Carlos I
Asi pues toda verdad es fácil de encontrar; solo hay que ¡buscarla!
No obstante, abierto el cofre, hay algo que no entiendo…¿Qué es un árbitro falible?…
Cuando Dios se hizo hombre, entiendo que se hizo falible ya que si no fuera falible, no sería hombre humano, sino divino… y sin embargo cuando murió se volatilizó según cuenta la historia… así que no fue humano al 100%…
Mi pregunta científica:
¿Se volatilizan los jueces falibles una vez que emiten sentencias?… O dicho de otra forma más rupestre:
¿Tiene para el ajusticiado alguna consecuencia novedosa que un juez sea falible, o no?
En caso de que no tenga consecuencia alguna lo mismo da que el juez sea falible como que no ya que en ningún caso es fiable para el ajusticiado…
¿Ando muy equivocado?
Si no voy yo por mal camino derivo entonces que consecuentemente la clave no es la falibilidad, sino la fiabilidad de que el juez cumpla –como mínimo– con sus más mínimos deberes jurisdiccionales (caso de las quejas de los de Juana al CGPJ y al espanta pájaros del defensor de no se qué…), luego viene la fiabilidad de que cumpla con la lógica racional y el sentido común, y luego que cumpla con el ordenamiento correcto, y luego que sea imparcial…
Derivo entonces que para el ciudadano la clave está en la fiabilidad, no en la falibilidad, toda vez que todo animal bipedo que cobra nómina del Estado y compra su alimentación en Mercadona, Aldi, etc. es irremediablemente falible desde nacimiento… No lo digo yo; lo dice Agamenón y su porquero… ovejitas incluidas.
¡Ah! Y si le preguntas a tu “Bribón” también lo dirá él…
No importa lo poco que escribas… yo siempre que aprenda algo, y pueda, te responderé… No acostumbro a guardar nada en mis frigoríficos ni baúles…
El presente es para disfrutarlo siempre que se pueda y el futuro para vivirlo también…
Un saludo en fiesta tan señalada
Pero dije falible, y luego dije que ahí está la clave. Lo dije para enfatizar que cualquier otro sistema que propongas habrá de contar con ese factor (salvo praderas de Heidi), y que esa es la clave de nuestra controversia. ¿Cómo gestionar la falibilidad del sistema? Incrementar la fiabilidad en un contexto de riesgo (falibilidad) es el reto que sin duda compartimos. Pero en lo que yo no paro de insistirte es en que la opinión de Agamenón, de su porquero, o de tu abuela, con todo el sentido común acumulado per saecula saeculorum, sobre si ha habido fallo o acierto, no puede impedir que la sentencia se cumpla, porque cualquier árbitro que deba determinar si el árbitro ha fallado o ha acertado, es también falible. Los criterios de constatación sobre la justicia o incluso sobre la legalidad no son como los que se manejan en ciencias experimentales. Queda la crítica, no faltaba más, pero ¿estamos dispuestos a asumir un sistema de solución de controversias intrínsecamente falible pero convencionalmente definitivo?
Ciertamente es muy difícil gestionar un debate donde cambia el objeto y sus términos son imprecisos.
Cierto es que dijiste ‘falible’ y cierto es que dijiste que’ ahí está la clave’, pero yo nunca he compartido ni el término ‘falible’, ni tampoco he hablado de proponer ningún sistema so pena de que tu entiendas que criticar es sinónimo de proponer. Criterio que yo no comparto.
Yo critico el sistema, pero no he propuesto nada. He hablado de anomalías, y he calificado algunas, pero no he propuesto alternativas; ni expresado aspiración alguna de proponerlas.
Sin embargo si que he leído tu calificación a mis críticas de ¡utópicas! (calificativo que yo identifico como praderas de Heidi). Utópicas en cuanto que afirmas que «no hay alternativa» (TINA en inglés).
Dicho lo anterior difícilmente puedo compartir que tu concepto de “falibilidad” sea factor clave de nada. Mucho menos después de haber argumentado que para mi lo relevante no es la falibilidad, sino la FIABILIDAD, que es un concepto diametralmente distinto.
Ni tan siquiera puedo aceptar el puente que trazas entre esos dos conceptos inconmensurables cuando dices que «Incrementar la fiabilidad en un contexto de riesgo (falibilidad) es el reto…», toda vez que no entiendo el sentido concreto de una frase esencialmente retórica y plenamente vacía de significado. Veamos:
1º.- Entiendo que ‘un contexto de riesgo’ no es otra cosa que una “probabilidad”
2º.- Consecuentemente la frase dice: “incrementar la fiabilidad de la probabilidad es el reto…”… o lo que es lo mismo; “incrementar la probabilidad de la probabilidad es el reto…”
3º.- Ergo, lo que entiendo que la frase dice es; “acertar es el reto”… de lo que deduzco que lo que realmente dices es que “ACERTAR ES LA CLAVE”
¿Y cómo no?… También es la clave en todos los juegos de azar…
Consecuentemente entiendo que tu pregunta es análoga a la pregunta de… ¿Cómo gestionar el bombo de la lotería nacional del 22 de diciembre?…
No le veo yo mucho sentido común a esta pregunta… tampoco al resto de tu argumentario…
Pero lo que yo no paro de insistirte es que el objeto de mi postura es justamente la opinión de que la anomalía del sistema de justicia español actual no pivota sobre ningún riesgo de falibilidad, sino que tiene un grave problema de FIABILIDAD que grava severamente la realidad del propio concepto de Estado de Derecho volatilizando toda la estructura institucional del Estado.
Asimismo mantengo que el riesgo de equivocación es innato a todo sistema humano. No es ese el problema de la justicia española…
No prevarica quién se equivoca, sino quien realmente quiere, que es algo radicalmente distinto. Y se puede querer de infinidad de formas distintas, y no necesariamente por causa de una mentalidad criminal innata porque el juez tuvo una mala infancia y unos reyes magos perversos…
Sin controles eficientes, ni un sistema procesal racional, la desconfianza se multiplica porque la “falibilidad” no es estocástica, sino sistémica.
MI PREGUNTA es:
¿Estás dispuesto a asumir un sistema de mediación de controversias sistémicamente falible, con poca credibilidad y convencionalmente definitivo?
Desisto, Aramis. Aguanto tres rizos, al cuarto me mareo, seguramente porque ya no sé decir nada más. Y porque cualquier cosa más que diga provocará tres rizos suplementarios en los que ya no avanzamos. O mejor, no avanzo.
¡No desistas Miguel!
No estamos luchando, sino construyendo
Y ya hemos llegado lejos. Lo que tu llamas rizos lo llamo yo precisiones y toda precisión es, sin duda, un avance para todos
Se que sabes decir más y que puedes hacer y decir más.
Y se que sabes que un debate es como un pacto de contradicción, y ya sabes lo que dicen los latinos:
¡Pacta sunt servanda!
No es ético que desistas en este momento.
Los peligros de tu balcón no se desisten; se afrontan.
¡Reflexiona y te espero!… eres más util a pie de obra que en la mecedora de tu balcón.
Buen día
No, Aramis, no es lo mismo una precisión que un retorcimiento de valor literario, como tampoco es lo mismo esforzarse en identificar acuerdos y desacuerdos que equiparar la pregunta sobre cómo combinar la necesidad de un árbitro cuya decisión, tras un proceso, y con un conjunto de normas que debe aplicar (que él no dicta) sea “cosa juzgada”, pese a que la ley pueda ser trasunto no siempre limpio de intereses (sed lex), y pese al riesgo de error (y la imposibilidad de constatarlo objetivamente), con la gestión del bombo de la lotería del 22 de diciembre. Lee despacio tu penúltimo comentario, como si lo hubiera escrito yo, y verás qué cantidad de hojarasca retórica para decir algo que coincidiría cabalmente con lo que yo había dicho, si lo reducimos al románico.
No, Miguel; no es justo, ni profesional, ni leal, tergiversar el fondo con la forma, y calificar apodicticamente mis argumentos como “retorcimiento de valor literario” , “rizos” y “hojarasca retórica”…
Y todo por realizar una interpretación legítima y correcta de tus textos de referencia. Textos a los que tú mismo dotas ad hoc –y a posteriori–, de una interpretación líquida y fluctuante conforme yo argumento contra ellos.
Leo despacio mi penúltimo comentario junto con tu texto que lo motiva. Veamos lo que encuentro:
Tú escribe literalmente: “¿Cómo gestionar la falibilidad del sistema?”… lo puedes verificar tú mismo.
Yo contradigo esa pregunta
Pero tú ahora dices que tu pregunta no era esa, sino que era la siguiente:
“la pregunta sobre cómo combinar la necesidad de un árbitro cuya decisión, tras un proceso, y con un conjunto de normas que debe aplicar (que él no dicta) sea “cosa juzgada”, pese a que la ley pueda ser trasunto no siempre limpio de intereses (sed lex), y pese al riesgo de error (y la imposibilidad de constatarlo objetivamente)…”
Creo que éste es otro texto diferente al que yo critico.
Creo además, que es una re–interpretación que nadie puede desprender del texto original al que yo refiero… Un texto que sólo existe en tu imaginación, y allí estaba hasta que ahora lo transmites en un texto nuevo.
Yo no soy adivino y no puedo extraer del concepto de “falibilidad” una acepción tan personal como la que tu invocas ahora. El polimorfismo de los conceptos también tiene sus límites.
Asimismo tergiversas la forma con el fondo elevando a sustancia un recurso literario de llevar un absurdo al límite para mostrar claramente el error. Recurso claro y manifiesto que tu tratas de presentar ahora como un retorcimiento de valor literario al objeto de ocultar la sustancia misma que subyace a la figura retórica. Sustancia que mi legítima crítica centra en la irrelevancia de la tesis de la falibilidad.
No es leal con el curso del debate, además de ser un ardid arcaico para justificar un supuesto de ofensa que motive el desestimiento por culpa del contrario; presentando su precisión ajustada a los términos empleados como “retorcimientos”, “rizos” y “hojarasca”…
Es el viejo ardid de mover el marco para modificar la foto… Ardid engañoso que ni es justo, ni es profesional, porque es una técnica retórica oral que malamente se defiende en debates escritos tal y como puede verse fácilmente aquí como tú mismo puedes verificar a partir de una simple revisión de los textos de este debate.
¿Es éste otro de mis “rizos retorcidos” o es simple “hojarasca retórica”?…
¿O acaso es un osado atrevimiento mío de desafiar las calificaciones apodícticas de un tribuno ad hominem en el púlpito ex cátedra de su balcón?
Espero y deseo que no contestes afirmativamente a ninguna de estas dos preguntas manifiestamente retóricas donde lo único relevante es que te las formulo de igual a igual como dos ciudadanos que debaten con lealtad sobre una cuestión relevante para ambos…
¡Tu decides!
Sí, Aramis, es un rizo, porque la “falibilidad” no es una tesis, sino una evidencia, y la “fiabilidad” es una aspiración gradual que compartimos, y no otra tesis. Y no, tus comentarios no son sólo hojarasca retórica, pero a partir del tercer o cuarto comentario de cada vez ya sí me lo parecen. Si hay tesis diferentes van por cómo mitigar la falibilidad y cómo incrementar la fiabilidad, eso sí tiene sentido, pero con tantos meandros me mareo. De niño siempre viajaba con biodramina.
JAJAJA … Tienes mi respeto y mi admiración… (yo también usaba biodramina…)
Y como bien mostraba la niña filipina las cosas de la prespectiva son muy engañosas con o sin meandros…
Permíteme que insista que que la “falibilidad” si es una tesis y no tanto una evidencia… pero no es cuestión de vida o muerte… admite –y es conveniente–, la reflexión reposada sin biodraminas…
Y ya que coincidimos que si es relevante incrementar la fiabilidad, dejemos eso como punto de consenso… ¡que no es poco!
Como tampoco es poco tu talante dialogador incluso en situaciones de fuerte discrepancia… No es frecuente en este país de “listos”…
Reitero mi respeto y admiración.
Un saludo
No tienes razón Miguel. Veamos:
1º.- Usas el término ‘falibilidad’ como tesis fundamental de tu postura toda vez que conforma el marco de tu argumentario.
2º.- No es una evidencia por dos razones:
2.a.- Las evidencias son manifestaciones concretas, no tienen carácter abstracto. No es evidente que un juez sea ‘falible’ por su condición de juez. La falibilidad es consustancial a la naturaleza humana.
2.b.- Consecuentemente decir que un humano es falible no es una evidencia, sino una redundancia inútil. Es una obviedad evidente. O lo que es lo mismo; una evidencia de lo evidente.
3º.- Al ser el marco de un argumentario tu ‘fiabilidad’ es tesis y tú mismo lo usas así cuando modificas y redefines el término aflorando las ideas fuerza de tu tesis reformulada como “riesgo de error” que jamás puede ser considerado como evidente cuando dices:
“combinar la necesidad de un árbitro cuya decisión, tras un proceso, y con un conjunto de normas que debe aplicar (que él no dicta) sea “cosa juzgada”, pese a que la ley pueda ser trasunto no siempre limpio de intereses (sed lex), y pese al riesgo de error (y la imposibilidad de constatarlo objetivamente)…”
4º.- Demostrado que la ‘falibilidad’ es tu TESIS, mi crítica es que es una tesis de raíz escolástica; falaz desde todo punto de vista heurístico toda vez que su exploración conduce de inmediato a la arcaica discusión de la naturaleza geminada del Rey, puesto que discutir la falibilidad del juez soberano es discutir la característica de “soberano” que entraña la potestad absolutista de “la cosa juzgada”….
Tu tesis es circular ya ab initio toda vez que es inútil discutir el absolutismo de “la cosa juzgada” a partir de la mejora del riesgo de error que además reconoces que es imposible constatarlo (el riesgo) objetivamente.
¿Cómo puedes mejorar la falibilidad–riesgo–subjetivo de un decreto soberano absolutista de “cosa–juzgada”?… ¡Tú mismo!… aquí es donde yo mismo me dopo con kilos de biodramina ante el panorama de meandros que presentas…y con un Seat 600 de autobús de la excursión dialéctica… (A ver si esto no es… lo que decía tu compañero de piso…)
5º.- Ahora te lo voy a desarrollar de otra forma más propia de literatos:
Cuando yo te digo “tienes mi respeto y admiración”, convendrás conmigo que te estoy expresando mi confianza… ¿Qué es la confianza?… tu la describes muy bien en algunos párrafos de tu reseña de la dura novela de J.M. Coetzee.
Si tienes mi confianza ten por seguro que tus errores serán comprendidos como míos, y consecuentemente aceptados como tales… luego vendrá la discusión del punto final del proceso (la “cosa juzgada”), pero el “riesgo de error” no será el determinante del procedimiento.
Sin embargo si yo desconfio, esa desconfianza se convierte en el marco de la discusión toda vez que ningún error disfrutará del salvoconducto del denominado “factor humano”, sino que será vísto y entendido como intencional, con lo que ya se abre la puerta de los demonios de la arbitrariedad, la parcialidad, el subterfugio, la injusticia, la ilegalidad y la irracionalidad, etc. etc. etc.
El 446 CP y el 447 CP son pésimos instrumentos para restaurar ni la confianza, ni los derechos del justiciable ajusticiado, porque lejos de perseguir la corrupción jurisdiccional, levanta un muro inexpugnable de lagunas e imprecisiones intencionales que bunqueriza vehiculizando la prevaricación.
Consecuentemente la justicia tiene el mismo problema que los matrimonios que es el de la confianza. Es decir la FIABILIDAD.
Una vez que se rompe la FIABILIDAD, reconstruirla es un empeño durísimo. Pero se puede reconstruir.
En España la Justicia del antiguo régimen dictatorial destruyó eficientemente esa relación de confianza, pero la Constitución del 78, no se preocupó, en absoluto, de reconstruirla y ahora tenemos el problema de que la ciudadanía heredera del nuevo régimen del 78 de la monarquía democrática desconfía (con razón y múltiples evidencias concretas de corrupción), de la justicia que tiene.
(NOTA.- El independentismo catalán es una clara evidencia de esta grave situación de desconfianza hacia un Estado que fácilmente puede catalogarse de hostil e inóspito con su ciudadanía… a las evidencias me remito…)
No estamos, pues, ante un problema de falibilidad, sino de fiabilidad; lo que presenta la justicia española. Problema que el gobierno cavernícola del PP no resuelve sino que lo agrava considerablemente despertando la caverna del CGPJ con “los titiriteros de Granada”, “Juana”, “las cláusulas suelo”, “los desahucios leoninos a favor de los banqueros”, el estatuto de Cataluña, el 155, etc, etc, etc. Nadie considera esto de “error”, sino que todo el mundo lo ve como manifestación de una política determinada.
¿En verdad piensas que arrancarás un debate serio de la reforma constitucional poniendo como primer punto de tus 13/12 el perfecto espantapájaros del punto “a”…(((( a) la forma de Estado (monarquía parlamentaria o república))))…
Ya mismo te veo con los Jordis compartiendo hamburguesa quemada en el desayuno…
O peor aún… disecado dentro de la vitrina del TSJA para memoria de visitantes…
Si no te fías de la Justicia…¿Cómo te vas a fiar de la monarquía parlamentaria y de todos sus ‘expertos’ en nómina?…
Por eso hablo de la volatilidad de las instituciones. Un fenómeno de descomposición paulatino al que estamos asistiendo claramente favorecido por un marco de falta de fiabilidad judicial.
La justicia es la piedra angular del Estado de Derecho y sin esa institución no hay Estado y si la justicia está enferma, el Estado está en la UVI. ¡Esta es mi tesis de la fiabilidad!
Como diría el Gitano de Graná…. ¡Evidencias tengas y con tus credos/convicciones las digieras!
Un saludo y buen día de inmaculados…
El ardid es tan arcaico que ya lo formuló Fedro en su fábula del lobo y el cordero y lo describió bien Umberto Ecco en su libro “a paso de cangrejo”…que te recomiendo leas.
Además de tomar biodramina (es espectacular, Aramis, tu capacidad de distracción argumental), me aconsejaban que cuando sintiera síntomas de mareo procurara mirar a un punto fijo. El punto fijo es la cosa juzgada. Podemos sustituirla si quieres por una nueva revisión de la última sentencia en la que tú, o quien tú digas, o quienes tú digas, determinen si esa sentencia es prevaricadora. ¿Tendrá efecto de cosa juzgada el dictamen tuyo, o el de quienes tú digas? ¿O, como también serán falibles, podré yo entonces acudir al criterio de quienes yo diga para que digan si lo que han dicho quienes tú digas es prevaricador? Retrasa lo que quieras la cosa juzgada (eso es materia que decide el legislador), pero ¿la alargamos ad infinitum hasta que todo el mundo, allá en la eternidad, acabe convencido científica y racionalmente de que se ha llegado a la solución justa? ¿O convenimos en que “merece la pena” aceptar una “última palabra” sin perjuicio de que todos los Aramis y todos los Pasquau del mundo puedan criticar esa palabra en sus balcones y en las calles? Ya quisiera yo que en la salud (otro entorno no sé si no fiable o falible, si como marco o como tesis) hubiera posibilidades infinitas de acertar con el diagnóstico y con el tratamiento, pero amigo, el tiempo, los recursos, la inteligencia humana (incluida la de los médicos) y la precisión de los protocolos de actuación son limitados, y hay un paciente sobre el que debe decidirse si operamos o damos antibióticos, si internamos o devolvemos a casa, y unos dicen que una cosa y otros dicen que otra. A ver si al final vamos a tener que preguntar al pajarito, ya sea el de Francisco, ya el de Maduro. (Esto último, ya lo sabes, es broma, no vayas a endosarme la tesis del pajarito de dos picos con plumaje absolutista).
¿Para qué poner el punto al final?…
¡Pongámoslo al principio y así nos ahorramos la biodramina y los pajaritos… y mejoramos los PGE en la partida de justicia ipso facta…
¡Cosa juzgada ryanair–borbónica SA!…Cosa fina… marca registrada
Ya veo el anuncio:
¡Dos pollos por el precio de uno!… el suyo y el que le liamos nosotros en papel jurisprudencial
Y además le regalamos la vitrina con el hierro para que lo disfrute comiéndose nuestro pollo juzgado… cosa fina
¡Gobierno de España!
Esto ya es un rizo con hojarasca regalo de la casa…
Ya en serio…
No se si te das cuenta que tu argumentario no es que sea conservador inmovilista, sino que es ultracongelado pétreo de batolito granítico…
No es que no haya alternativa, es que por no admitir cambio alguno, ni pasa el aire…
Mi crítica es para construir, ¡no para hacer cemento armado!
¡Que estamos en el día de la inmaculada, no en la festividad del santo sepulcro!
¿Por qué dices que no admito cambio alguno?
“Ea”, ya me has endosado el cemento armado, con vitrinas.
Trampa, trampa. Quien se esfuerza en identificar lo que defiende (que haya una última palabra en un pleito -no en un debate racional cualquiera-, aunque no podamos estar seguros de que es la mejor, y que se produzca después de un proceso con todas las garantías) no es que no admita alternativa (esto no son sentencias, Aramis), es que defiende una posición y además procura convencer. Y, sobre esa posición, ya lo creo que aspira a cambios. No te puedes imaginar la cantidad de cambios a los que aspira. Sí, sí te los puedes imaginar.
¿Trampa?…¿trampa?
¿A qué le llamas tú mover el marco?… ¿a una mudanza de cuadros o de vitrinas?
Aviso que ya se me ha acabado la biodramina…
Y si a ti te aconsejaron eso de mirar a un punto fijo… está claro que te lo tomaste al pie de la letra…
Pero una cosa es que mires a un punto fijo y otra es que te quedes clavado en el mismo punto per secula seculorum… fijo y con amén incluido…
Las bicicletas de piñon fijo son aquellas que no tienen punto muerto… pero en la mili los del piñon fijo se decía de aquellos que no cambiaban nunca de marcha…
Don Miguel que me está usted empezando a acongojar… y sin biodramina aquí le vengo a declarar:
Que a Dios pongo por testigo que pusiere yo velas y donativos
Tanto a la Inmaculada Virgen como al atormentado Santo
Para que esto del debate con usted no fuese tanto
Ni sentencias, ni parecidos…
Que oré a La Purísima y al Espíritu Santo
Que mi desconfianza en la Justicia es cosa limpia y sin pecado
Que con un Juez discutiendo me veo con alto riesgo de pena y embalsamado
En la vitrina y con el hierro atragantado
Que no me imagino yo los cambios
Y que por más que me empeño borrosos apenas veo los cuadros
Que más que el autobús al Monasterio de Tentudía se mueven sus marcos
Y que con tanto traqueteo sólo identifico alitas de pollo por de noche y por de día
Pero que no me convencen sus alitas de pollos amortajados por mucho que procura su señoría
Que ahora me endosa a mi cemento gravilla y hierro para que en fijo punto quieto afinque mi estadía
Pues de trampa me acusa aquel que por sus fijos railes mueve de aquipayá el tranvía
Yo cambio no veo porque el ferrocarrilero pasa por el mismo punto día tras día.
Amén, con purísima Ave María.
(NOTA: Bromas aparte, yo nunca he cuestionado la última palabra de un pleito. He cuestionado que la misma no se pronuncie con todas las garantías, al igual que tú también entiendo que defiendes. Sin embargo SI CRITICO que el itinerario procesal tiene graves carencias en cuanto al aseguramiento de las garantías necesarias, inter alia, en el sistema de valoración arbitraria de los hechos en la jurisdicción civil –única que conozco–, y que esas carencias son fuente de injusticia. Se trata –afirmo y demuestro–, de un sistema que hay que criticar y volver a imaginar porque encubre verdaderas autovías de dominación mediante el uso espurio de la potestad jurisdiccional. Esto nada tiene que ver con la idea de una prolongación ad infinitum de un debate jurisdiccional. Y es a esto a lo que llamo “mover el marco de la discusión”.)
Buen finde con biodramina…tú que tienes…
Para la “nota” (lo que viene después de “bromas aparte”) (lo demás va al apartado de literatura), no hace falta biodramina, porque va en línea recta. Y eso ayuda a entender. Y permite retomar el debate sobre la “valoración arbitraria”: ese es otro punto fijo que evita el mareo, pero ni mucho menos es el único que se ha movido por la ventanilla del coche en este viaje. Está bien centrarse en él, sobre todo una vez que aceptas que aunque haya márgenes de error, las sentencias (firmes) deben cumplirse, aunque no sean cosa de dioses sino de funcionarios que van a las 9 a trabajar y firman unas cuantas resoluciones por día. Dices “arbitraria” porque partes de la desconfianza, y eso es legítimo, aunque imagino que también, como la falibilidad, es un concepto gradual, es decir, que admite grados. La discrecionalidad tiene siempre el riesgo de la arbitrariedad, o de la desviación (en derecho administrativo se distingue discrecionalidad de desviación de poder). La valoración de la prueba es sólo en parte discrecional. En su otra (buena) parte es reglada: ahí están las reglas sobre la carga de la prueba, en todos los ordenamientos. Pero hay aspectos que necesitan una (elige tú la palabra: valoración discrecional, apreciación racional, ponderación, etc.), porque la “certidumbre” no se alcanza siempre: puede depender de que te creas a un testigo, o de que un perito sepa explicarlo mejor que otro, o que se acierte a dar el paso desde unos indicios hacia un hecho presunto (es decir, probado por presunciones, en tanto que más verosímil que su contrario). Los jueces de primera instancia se pasan la vida valorando prueba. Acaban manejando una especie de “protocolos”, aunque los abogados pueden intentar salirse del protocolo y convencer de que el caso es singular o diferente. La ley procesal NO puede NO dejar un margen de decisión al juez, supongo que esto no lo discutes, y que esto, en sí mismo, no lo convierte (al juez) en obispo. Le exige, como garantía, un contrapeso: debe motivar el juicio de hecho. Algunas veces se hace mal. Hay mucho empeño en hacerlo mejor. Hay muchas veces en que uno piensa que se ha hecho bien y otro piensa que se ha hecho mal. Hay recursos para corregir errores, pero los recursos también se mueven en márgenes de incertidumbre. El binomio falibilidad-fiabilidad ya se va ordenando: todo el derecho procesal está al servicio de reducir la falibilidad; la fiabilidad depende de otros factores: formación del juez, medios del Juzgado, y leyes con técnica más perfeccionada y más “justas” (puedes cambiar la palabra), más democracia, mejores controles de calidad (sin merma de la independencia salvo casos fuera del arcén, de infracciones o delitos, cuya apreciación tampoco es automática). Sólo que el juez no puede calificar la justicia de una ley (que se le impone, porque no es un juez absolutista), sino la justicia y adecuación de las diferentes interpretaciones posibles. ¿Es la justicia -la potestad jurisdiccional- instrumento de dominación? Si contestara que no, sin más, me estaría engañando a mí mismo. Si dijera, como tú, que son “autovías para la dominación”, estaría exagerando. O al menos habría que admitir un arcén ( o un carril en sentido contrario) que supone resistencia a la dominación. Y volvemos, pues, al punto de partida: es mejor tomarse en serio el sistema (con su cosa juzgada falible), porque lo contrario es el campo abierto, y en el campo gana el más pillo. Y esto no es jugar al cubilete, sino expresar una convicción. Ser instrumento de dominación no es exclusiva de la justicia. Lo que domina, domina, y busca autopistas para llegar rápido y sin obstáculos. También en las Cortes, y en Moncloa, y en las sedes de los partidos, y en corporaciones mediáticas. Y en Universidades, y en laboratorios científicos, y en ayuntamientos. Por eso domina: porque puede. Afortunadamente el sistema legal (parlamentario) y judicial no es sólo una pista para la dominación, sino que también es uno de los escasos contrapesos que con mucha más frecuencia que la que tú crees funciona. Entre otras cosas eso es lo que ha forzado al gran capital a recuperar la “desregulación” vía globalización: para escapar del Derecho y de los derechos, del parlamento y de los juzgados. No es culpa de los jueces, aunque los jueces tengan sus culpas. Habrá que tomarse las cosas en serio. Y diculpas por haber escrito todo esto de corrido.
¡Ohhh…Mon Dieu!
¡Qué noche de luna, lunera…cascabelera!
¡Qué amanecer tan luminoso… de líneas rectas!
No había coincidido tanto con alguién desde la última vez que me examinaron de álgebra… y fue en el extranjero… ¡Y no en Bruselas!…
Parece (repito; parece…), que has parado el autobús y te has bajado del carro aterrizando en “otro punto fijo”…
¿Tú eres Juez, o cartógrafo?
¡Claro que la desconfianza es gradual!… como los cabreos… pero esa gradualidad no se mide compensando las partes grosso modo; 50% cabreados 50% contentos… y el Juez en la Gloria…
¡Eso es Trampa¡…Estarás de acuerdo ¿no?… que el huerto lo tengo ya muy pisoteado y el autobús está parado ¿no?…
¡Mon Dieu!… ¡Again! … Moviendo el marco…
Yo no hablo de los jueces de primera instancia… ellos no tienen ganancia alguna valorando a discrección porque tienen encima el recurso de las partes y la segunda instancia… ¡Claro que son aplicados y fiables en sus deberes porque su falibilidad es recurrible…
La puerta a la autovía subterránea la he fijado siempre en la segunda instancia cuya falibilidad está “blindada”… no es recurrible en su “discrecionalidad”… porque la “Ley procesal” SI deja, SIII, toda la discrecionalidad que se le antoje al tribunal de la Audiencia Provincial. (En mi opinión el gran órgano de dominación, más que el T. S.)
Es aquí donde digo que es bizantino discutir de falibilidad porque el problema es de FIABILIDAD…
Lo mantengo ahora porque lo he dicho siempre en tu balcón. Afirmación fácilmente verificable a partir de simples controles de mis posiciones…¡Fijas!…
Lo de los abogados también lo controlas porque el business, siempre es el business y ya te he dicho en repetidas ocasiones que mi desconfianza es plena; sin grados. Estos … ’forpesionales’ … si que cortan, pegan, cuentan cuentos y cobran como príncipes (en su gran mayoría…digo).
¡Claro que hay jueces que NO son obispos! (la gran mayoría)… y se que hay mucho empeño en hacerlo mejor… ¡Faltaría más!
Pero tú mismo dices que “Algunas veces se hace mal”… y yo digo que no es sólo “algunas veces”… sino que también ALGUNOS lo hacen SISTEMATICAMENTE; abren la puerta, bajan al sótano y se suben a la moto…
¡Mon Dieu!… ¡Again! … Moviendo el marco…
Y ahora sacas la talega con las alitas de pollo con el tomate Musa y me cuentas el cuento de los unos y de los otros y los márgenes y un binomio que se “va ordenando” … (eso será literatura porque matemática no es… no conozco ningún binomio con semejantes maravillas autoreguladoras…).
Mi tesis es que LA FIABILIDAD la puedes, en gran parte, recuperar del tirón modificando la Ley procesal y taponando la puerta del sótano haciendo que la revisión de la valoración de la prueba pueda recurrirse en igualdad de condiciones que la fundamentación de derecho que realiza la segunda instancia. De esa forma confiscas las motos de los “listos”… y de paso limpias los arcenes de “impresentables con salvoconducto.”
De esta forma mejorará ipso facto la fiabilidad de los jueces honestos y de las instituciones del Estado que irán reduciendo la actual configuración de “Estado de Conveniencia” a favor del ansiado, por todos, “Estado Democrático de Derecho”.
Esta es mi tesis… no me cambies el marco… porque estoy convencido que también es la tuya…
¿Por qué no lo reconoces?… y dejas de dar tanta vuelta por el monte plagado de matorrales…
¡Claro que la justicia ES EL INSTRUMENTO (EL MÁS POTENTE) de dominación!… ¡¡¡es indiscutiblemente obvio!!!
¡Menuda pregunta!… y yo sin biodramina… ¡Manda huevos!
Y ahora te montas de nuevo en el autobús caminito del monasterio (El sacrosanto punto fijo)
Y además me sacas el tupperware de la tienda de pollos fritos de la Thather ; “Fritos TINA” … “Pollos de granja urbana sin alternativa”…….
Y me cuentas el cuento de las “pistas de los escasos contrapesos”…
(y la carretera por la sierra de Huelva llena de curvas y terraplenes y el autobús sin pasar la ITV… ¡Qué miedo!…)
Prefiero la estabilidad del punto fijo de la vitrina… al menos no necesito biodramina; me bastaría con algún caramelo para la garganta…
Además veo, con gran perplejidad, que levantas el autobús como ET levantó la bicicleta a la luz de la luna… “Gran Capital”, “Desregularización” y “Globalización”… ¡Qué poético!!!
¿Un trinomio que se escapa del derecho?…
¡Qué noche de luna…!
¿Tan terrible es discutir cómo se puede taponar el sumidero del Estado de Conveniencia?
Céntrate, bájate del autobús, aparta las alitas de pollo frito con tomate Musa… y ‘visita’ otros gastrobares de ricos potajes con ensaladas, sushi, y salsas menos cancerígenas… etc. etc. que no te va a pasar nada peor de lo que ya pasa con los pollos…
Claro que tienes todas mis disculpas… ya te he dicho que confío en tu juris–prudentia…
Un saludo…
Tres “instancias” (o una instancia y dos recursos ordinarios) en vez de dos instancias (o una instancia, un recurso ordinario y otro extraordinario). Bien. Un control mayor sobre la segunda instancia, más allá del recurso por infracción procesal (que incluye la arbitrariedad en la motivación y en la valoración de hecho, pero en la práctica apenas puede interponerse por una disposición transitoria de la LEC que se convirtió en eterna (lleva ya 17 años), supeditando el recurso por infracción procesal a que se admita a trámite el de casación, y los criterios tan restrictivos del TS. Imagino que me estás hablando de eso, que ya es algo tan concreto como una señal de tráfico. Sí, ahí hay un problema. Aunque ojo, siempre habrá un último tribunal cuya valoración será la definitiva y no recurrible. Tú pides un escalón más. Irreprochable, pero has de saber que la inviabilidad de revisar “por tercera vez” la valoración de prueba no es en absoluto específica de España. Así lo es en la mayoría de los países, tanto en materia civil como penal. Saludos, y que cada cual coma el menú que le apetezca. Yo me pido alubias.
¡¡¡Muchas gracias!!!
Se agradece lo de …¡¡¡irreprochable!!!
No me negarás que me lo he ganado a pulso y mareado….
Imaginas bien… pero imaginas en superficie… y yo hablo del subsuelo manquetepese y te pongas gafas opacas…
Pero bueno… algo es algo… aunque sea una difusa señal de tráfico clavada (punto fijo) en el arcén de la autovía subterránea…
Y NO…NO HAY UN PROBLEMA… HAY Toda una AUTOSTRASSE… ¡que no es lo mismo!…
Y tú erre que erre con el tribunal de “últimas voluntades”… Llevamos ya más de 2000 años con la cantinela de “Juicio Final”… de “valoraciones definitivas no recurríble”… más fijo que ese punto hay que buscarlo y no lo encuentras…
¿Quién te dijo lo del punto fijo…?… ¿El arcángel Gabriel?…¡Qué tío!!!
¿No te dijo el arcángel eso de mal de muchos, consuelo de indocumentados???… pues yo iba en ese autobús y se lo oí muy claramente…
Pues yo voy a comerme un pollo tikka masala con curry hindú y sin jurisprudencia mareao al TC a la parrilla sin discusión…
Un saludo y que disfrutes la sobremesa…
¡Ojo!… matizo:
1º.- desconozco de qué disposición transitoria de la LEC hablas.
2º.- Si conozco el comportamiento leonino del TS en relación a sus “criterios TAN restrictivos” a lo que me refiero que “blinda” la injusticia en la segunda instancia.
3º .- Ni siquiera el supuesto legal de “ERROR PATENTE” manifiesto y constatable objetiva y matemáticamente supera el escrutinio leonino del TS, ( existencia perfectamente concretada de una equivocación clara, indiscutible y manifiesta y que aparece sin duda alguna… existencia por el que un Camello recién parido ni siquiera pasaría por el ojo de la aguja del veterinario de King Kong/ o magistrado invidente del TS). Supuesto inalcanzable por el que, a mayor enjundia, el TS desestima automáticamente todo examen existencial bajo el mantra de la interdicción de la tercera instancia toda vez que el recurso por infracción procesal no incluye como motivo la revisión de la valoración de la prueba… ¡Con Dos Coxxnes…DIXIT…el TS!
¡De esto es de lo que hablo yo! … ¡A ver si no es pa lo que dice tu compañero de piso estudiantil…!
BURRADA que califico como la caverna del subsuelo por el que va la autostrasse..
Añado en el café:…
Comprenderás que con esos criterios infalibles el problema no es de falibilidad, sino de fiabilidad ya que, cuanto menos, la justicia que imparte el TS no es fiable: ¡es deleznable!… porque es un insulto a la inteligencia.
Digo insulto toda vez que un ERROR PATENTE no se puede definir como si de la anunciación de la inmaculada concepción de tratara… Es todo un insulto a la inteligencia en pleno siglo XXI.
La caverna del TS no es fiable, porque es infalible… como los obispos y el Papa… Manda Huevos dónde estamos!!!!
¡No es justo!… porque el TS será Supremo en el gallinero, pero no pasa la EGB en un Estado Democrático de Derecho…
¡ES UN TIMO!
Lo siento; son mis razones…
La LEC había previsto un recurso de casación (sin revisión de prueba) ante el TS, y un recurso por infracción procesal (que incluiría sin duda el error patente y la arbitrariedad en la valoración probatoria y motivación del juicio de hecho) ante las salas Civil y Penal de los TSJ. Pero para implementar el recurso por infracción procesal había que cambiar la Ley Orgánica del Poder Judicial (ley orgánica, no ley ordinaria como la LEC) para que ésta atribuyese tal competencia a los TSJ. Una disposición transitoria estableció que “mientras tanto” el recurso por infracción procesal se interpondría ante el TS, pero con un añadido incomprensible (o sólo comprensible como escudo para evitar su colapso): que sólo podría interponerse si además se admitía uno de casación. Es decir, que si no había infracción de ley sustantiva, no podría entrarse en infracciones procesales. Lo que es absurdo, porque nada tiene que ver una cosa: quien ha perdido en la AP por una infracción procesal no tiene por qué “inventarse” una infracción de ley sustantiva que seguramente no se ha producido (lo que supondrá que el TS inadmitirá la casación y, consecuentemente, el recurso por infracción procesal). Eso estaba previsto para unos meses, pero algo pasó, se empezó a sospechar en esferas políticas y periódicos de que llevar el recurso por infracción procesal a los TSJ podría suponer una “regionalización” del derecho procesal (¡17 tribunales supremos!, decían…), y nunca se aprobó la reforma de la LOPJ, por lo que aquel sistema provisional con puntos ciegos para la revisión de las garantías procesales permanece. Y son ya 17 años. Queda, ciertamente, el recurso de amparo (que incluye el error patente como vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva), pero desde 2009 se hizo mucho más restrictivo el acceso a este recurso (se exige “relevancia constitucional”, que es un concepto largo de explicar). Tengo muy, muy claro, que este estado de cosas lleva un agujero dentro. El TSJA lo ha “denunciado” en alguna resolución, y no es por supuesto el único. Y, naturalmente, Aramis, no es el único agujero. Esta es una muestra más de la menesterosidad en la que se mueve la Administración de Justicia, porque buena parte del problema está en la falta de tiempo para el estudio de los casos y en el temor al colapso de los tribunales Saludos.
¡Sabes!… Me siento como un veterinario dentista que acaba de extraerle la muela del juicio al mismísimo King Kong…
Pero más que muela parece, por sus dimensiones, uno de los colmillos del primer Mamut padre del constitucionalismo planetario… ¿estaré equivocado?…
Mon Dieu!… tanto camino pedrestre zigzageante por las sierras perdidas de Huelva en un autobús destartalado, sin biodramina, ni cinturón de seguridad… dando tumbos dentro de un cubilete–coctelera a ritmo de caraoque caribeño… ora con caballitos de Troya, ora con garbancitos ciclogénicos… y hasta con apariciones de Santa Teresita… para que ya en el Monasterio de Tentudía me confieses además delante de la tumba del cristiano mata moros, que… y cito literalmente:
“Tengo muy, muy claro, que este estado de cosas lleva un agujero dentro.”
¿Dónde está tu compañero de Piso?… ¿Qué estudió?… ¿Sigue vivo?…
Yo que en estos últimos días de viaje he estado viendo alitas de pollo por doquier… vitrinas abiertas con hierros insinuantes… autovías, autostrasses… y hasta el mismísimo aeropuerto de Ciudad Real pleno de maletines voladores en vuelos nocturnos regulares…
Sólo me falta el Cid Campeador preso por estafa y con un Twitt de Rajoy diciéndole:… ¡Campeón; se fuerte… Siempre te quedará Bruselas…!
¡Mon Dieu!…¡Qué País!…
¿Por cual agujero salimos ahora … Miguel?
¡Perdona que insista!… Miguel
Pero no me gusta quedarme en los charcos y menos cuando los mismos se encuentran en sótanos perdidos en el subsuelo de palacios de gruyere con agujeros… ¡perjudica mucho la salud!… créeme; las humedades en cavidades oscuras y nada ventiladas son insalubres…
Insisto, pues, en la falacia de tu tesis del supuesto problema de la “falibilidad” del los tribunales en la justicia española.
No lo digo con enquina, pese a todas las jeremiadas de los ajusticiados, ni pese a la salud valetudinaria de la sana crítica judicial…,
Lo digo con tristeza, pues todo problema de falibilidad es soluble con voluntad de esfuerzo. Cosa muy distinta, si el problema es de fiabilidad…o falta absoluta de confianza, donde el esfuerzo no conduce a nada sin la lealtad debida…
Y con esto afirmo… ¡si, afirmo…!… que la justicia española no es leal a su pueblo (sino al “lobo”… parábola de Fedro, etc…). Pero ese es otro debate que hoy no toca…
Hoy te traigo otra prueba fáctica de la realidad sensible de mi tesis de la falta de fiabilidad y consecuente falta de coherencia de la jurisdicción española.
Prueba que encontrarás en la reciente sentencia del Tribunal Supremo 1446/2017 de 27 de septiembre…
Y también en la demoledora reflexión de un ciudadano Ricardo Rodríguez cualquiera –de nosotros–, que reflexiona sobre ella con buen criterio racional que publica hoy en un post titulado «Acerca de una sentencia del Tribunal Supremo y del fraude fiscal; Impuestos y justicia»
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=235363
Te emplazo a que “valores la prueba”…. O dicho, mejor en mi idioma racionalista; a que la refutes… La elección es tuya, y es bien sencilla…
Pero si optas por el silencio dejarías, en consecuencia, sin sentido tu balcón…
Un saludo y buen día de justos… que para los epistemólogos todos los días son de gatos!!!
Tengo poca idea de tributario, pero a fin de cuentas la interpretación mayoritaria del TS, contra lo que parece, es más perjudicial para la empresa defraudadora que la del voto particular. Si la empresa ha cobrado 100 en negro y se entiende incluido el IVA, debe ingresar a Hacienda más o menos 20 (redondeando), con lo que el saldo neto de su operación es 80. Si, en cambio, se entiende que no se incluía el IVA, deberá ingresar a Hacienda 21, y esa cantidad luego puede exigírsela al cliente, por lo que el precio obtenido por la operación seguirá siendo 100. Lo que deba pagar por sociedades de más, obviamente, al ser un porcentaje, será inferior a lo haya podido repercutir sobre el cliente. Así que el TS lo que está diciendo es más o menos lo siguiente: si has cobrado en negro “sin IVA” y te pillamos, te aguantes: has vendido muy barato, porque entendemos que el cliente te ha pagado el IVA dentro de ese precio. Lo cual, en el fondo, es disuasorio para esa práctica.
Perdona que insista …¡again!
Pero esto es importante porque muestra con sencillez la profunda diferencia de orillas en la que nos encontramos…
Y es, con agradecimiento, uno de los mejores compendios que he leído en años…
Y no es jurisdprudencia. Es análisis racional, que nunca encontré en sentencia alguna…
¡Te lo recomiendo!
Es un trabajo de Boaventura de Sousa Santos, publicado ayer en tu medio “Píublico.es”… en “Espejos extraños”
http://blogs.publico.es/espejos-extranos/2017/12/14/la-desimaginacion-de-lo-social/
LA DESIMAGINACIÓN DE LO SOCIAL…
¡¡¡ Existe otro mundo en la superficie !!!… ¡¡¡¡¡ Y otra lógica más “sana”…!!!!!
Que te guste el artículo (a mí también, y mucho) no significa necesariamente que “demuestre” la “profunda diferencia de las orillas en que nos encontramos”. Aunque seguro que me convencerás de que soy culpable, y que lo soy precisamente por no ser capaz de darme cuenta. Luego me dices dónde está la trinchera para luchar contra la cuasi-esclavitud. Yo conozco algunas.
Jajajaja… así no salimos del subsuelo saltando de agujero en agujero…ya que de oscuras autovías bajo el monasterio de Tentudía me llevas ahora al manantial del lago Ness…
No sin antes constatar que la fuerza disuasoria para la práctica del “negro” es igual a la fuerza disuasoria del lazo de la bolsa de caramelos a la puerta del colegio…
¡Alto!… ¡Busquemos al monstruo!… Antes de que rompas la vitrina y me coloques el collarín de quincalla férrea y empieces como de costumbre a girar la tuerca por acusación indebida de culpabilidades, cuentas perdidas y trincheras imprecisas… ¡Busquemos!
Sea Mortadelo quién vende el pescado a Filemón en legal forma:
Factura legal de Mortadelo a Filemón:
1º.- Costos del pescado: 30€
2º.- Costos de Mortadelo: 10€
3º.- Beneficio: 60€
TOTAL MORTADELO: 100€
IVA: 21€
FACTURA:….…………….121€
Mortadelo dice a Filemón: sin factura te cobro 100
Filemón dice que si y se ahorra 21 euritos.
Mortadelo, a continuación redacta para Montoro su cuenta de resultados:
SUMA DE COSTOS GASTOS Y DEMÁS:………40€
SUMA DE BENEFICIOS:…………………………. 0€ (¡no declaró factura!)
IMPUESTO DE SOCIEDADES:………LOBO MORTADELO S.A. EN PÉRDIDAS: (–40 euritos)
Ahora viene ¡LA JUSTITIA! … Que descubre por Filemón la transacción que entiende incluido el IVA
EL TS DICE A MONTORO:
LOBO MORTADELO SA (LMSA) debe pagar por IVA 17,35 euritos dado que FILEMÓN le pagó 100€, lo que en la cuenta de resultados del ejercicio del LMSA presenta el siguiente perfil:
SUMA DE COSTOS GASTOS Y DEMÁS:………40€
PAGO DE IVA:……………………………..……… 17,35€
SANCIÓN: (un poner…):………………..……….10€
TOTAL PAGOS de LMSA:…………………………67,35€
SUMA DE BENEFICIOS:…………………………32,65€ (= 100 – 67,35)
ERGO; LMSA DEBE PAGAR IMPUESTO CORRESPONDIENTE A 32,65€
¡¡¡… ¿Pero su beneficio no fue de 60 euritos?…!!!
PREGUNTA DEL MILLÓN!:
¿POR QUÉ LMSA NO DEBE PAGAR EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE A 60 EURITOS?
CONCLUSIÓN: El TS cubre de gloria 27,35 euritos que disuaden terriblemente a MORTADELO, quien no obstante sigue reiterando su naturaleza delictiva (modelo Robin Hood de los bosques de Montoro …), empeñado en que Filemón no pague nunca IVA…
Multiplica el invento por cienes y verás la fuerza disuasoria cambiar de signo…y verás también la maravilla del monstruo del lago Ness emergiendo con gracia en mitad del balneario subterráneo de ¡Plaza Nueva!
¡Homo homini lupus est!… EXCLAMA MORTADELO
Pero Cicerón, en el libro tercero de su República dijo también:… «Nempe justitia est hominem non occidere, alienum prorsus non attingeré…»
Y ahora me ajusticias por delator de monstruos…
Pero mientras firmas la orden salgo pitando para Bruselas con Puigdemond…
Aunque pensándolo bien me quedo en mi sitio que Bruselas es un ¡Tedio mortalis!… y con Puigdemond suelto por los bosques… Resulta territorio muy peligroso para el pensamiento occidental…
Claro que me gusta el artículo de Boaventura, porque es sencillo y claro… y de gran densidad de contenido, por eso le llamo compendio y no le he llamado análisis… y recomiendo una lectura pausada y reflexiva…
Jajaja… yo no te convenzo de nada de lo que tú mismo no estes convencido… me lo demuestras a cada línea, línea por línea… trinchera a trinchera… vitrina a vitrina…. así que no me lleves a ese huerto que tu y yo tenemos claro… y mucho menos con el garbancito de tus capacidades de pucheros ciclogénicos que son muchas aunque suspendas clamorosamente en hermenéutica… ¡jajaja!
Fíjate si nuestras orillas son diferentes que donde tú pones el acento del artículo de Boaventura (la trinchera para luchar contra la cuasi–esclavitud), es para mí lo menos relevante (siendo relevante la cuestión, en sí misma) del texto de Boaventura que yo lo sitúo en la primera mitad del artículo sin desmerecer el resto.
No me negarás que tu balcón está cogiendo fuerza, fundamentalmente gracias a tu hospitalidad y talante… que yo aprecio, pero de lo que yo no tengo culpa alguna…
Buen finde y mejora tus matemáticas tanto como la hermenéutica…
Un saludo
No estoy seguro de que los 10 euros de sanción se deduzcan de beneficios para el pago del impuesto de sociedades. Sin esos 10 euros, en vez de un beneficio de 60 declara por sociedades un beneficio de 42, porque efectivamente habrá ganado 42 (del otro modo, es decir, si se entiende que no se había incluido el IVA, habría ganado 60, porque el que pague podrá reclamárselo a Filemón). ¿Qué prefieres, ganar 60 y pagar impuesto por 60, o ganar 42 y pagar impuesto por 42? Claro, lo que Mortadelo quiere es ganar 60 y no pagar nada, pero eso sólo lo conseguirá si no le pillan, y no por la sentencia del TS. Si pudieran deducirse los 10 euros de sanción, supongo que también podría hacerse si optáramos por la tesis del voto particular, es decir, el beneficio a declarar no sería 100, sino 50, porque no ha declarado la factura y se llevará sanción. Con lo que las cifras a comparar son ganar 50 y pagar impuesto por 50, o ganar 32 y pagar impuesto por 32. En definitiva, sigo pensando a bote pronto que la tesis del TS le hace más daño a Mortadelo que la tesis del voto particular. Salvo que Filemón sea insolvente y Mortadelo no pueda cobrarle tardíamente el IVA de 17,35.
(error en la frase “el beneficio a declarar no sería 100, sino 50”. Debe decir: “el beneficio a declarar no sería 60, sino 50”)
En la mili llamaban joyeros a los que hacían «joyos» (“hoyos” para los luditas ortodoxos)… ¿recuerdas ese realismo naturalista?…
Pues bien… el subsuelo español está plagado de joyeros porque son los únicos «artesanos» que hacen los joyos…
Bárcenas es uno de estos orfebres españoles de la joyeria… Hay cienes y cienes practicando este arte de «industriosos» pesqueros o carniceros o veganos letrados… da igual…
Y a ningún ser viviente (bipedo o alado), se le ocurre volar por joyos simplemente porque no se puede levantar el vuelo…
Y sin perspectiva no hay vuelo, ni orientación… ni porcentaje…, que valga… muevas los números como quieras moverlos bajo los cubiletes que quieras…
Mi abuela (deberías haberla conocido…), viuda, ella, sacó adelante a mi padre y sus 5 hermanos pequeños en la Andalucía de la posguerra, porque aprendió, entre otras cosas, matematica contable del ultramarinero que la engañaba…
Pero muy amable él, y condescendiente, no la engañaba todos los día, ni en días alternos, sino en los días oportunos…
Así mi abuela (Averroista y Galileana de pura cepa), aprendió la real matemática discontinua, (también llamada álgebra de los momentos oportunos), observando a su ultramarinista de la época (algún antepasado lejano de Mercadona)… e introdujo el factor tiempo en el evento lógico del ultramarinero trilero…
Así pues revisando tus números creo que mi abuela te diría a bote pronto que si Mortadelo cobró 100 de Filemón en el año 0 y el TS lo condenó en el año 10 a tan terrible castigo, y con derecho de reclamación al delator amigo Filemón de los 17,35 euritos…
Y suponiendo que Filemón, con prudente criterio, no se gastase 4.000€ en abogado sapiente, de los que tienes adosados en la cara este de Plaza Nueva…, para pleitear otros 10 años más…
Y suponiendo en consecuencia que la pescadería del “LOBO MORTADELO; FRITOS Y VARIADOS SA”tampoco quebrase en tan tortuoso lapso de tiempo…
Entonces, y sólo entonces, dadas todas estas circunstancias… creo que mi abuela te diría que Mortadelo ya en el año 1 seguramente habría comprado una cartera mixta de inversión en bolsa y bonos del Estado por total 60 euritos, cuyas rentas un lustro después amortizarían con creces y beneficio el tan terrible castigo del TS…
Mortadelo, contento, saludaría agradecido al TS desde su hamaca caribeña; Filemón contento (porque no pagará los 17,35 eurítos ni siquiera tardíamente, ni posmorten en el juicio final), el TS contento por el deber cumplido, Montoro contento por haber cubierto el expediente de su amigo Mortadelo… y todos los del austericidio cabreaos y votando a Rajoy…. Pero es que estos están siempre cabreados y votando siempre a su pastor…
¿Cómo titularías esta película?…
Y todo sin considerar el sucesivo pescaito vendido a Filemón, de igual manera y color negruzco durante los 10 años de litigio justo… por lo que mi abuela te recomendaría que mirases quienes están en la hamaca de al lado de Mortadelo…
Entenderás que yo sea consuetudinario devoto de mi abuela…
Mi abuela ya titulaba esta película en los años 50 del pasado siglo como…
¡¡¡ESPAÑA Y LA JOYERÍA DE CALLAO!!!
Yo la llamo:
¡¡¡ ESPAÑA Y EL SILENCIO DE LOS JOYEROS; JUSTICIA PARA LOS CORDEROS !!!
NOTA DE AUTOR:… ¡Ojo!…
1º.- Toda coincidencia con la realidad es pura ficción…
2º.- Tampoco es una caricatura, sino pura narración escrita en horario de siesta…
3º.- Aramis no se hace responsable de las emociones del lector…
4º.- Además advierte, por propia experiencia, que no es saludable ir al cine en autobús…
Y 5º.- Consecuentemente si usa el autobús … ¡Consulte con su médico o farmacéutico vecino!
(Jajaja… ¡Es broma!…)
Un saludo
Ya, pero el factor tiempo en la otra hipótesis (la del voto particular) también debes contarlo, y Mortadelo tendrá su misma cartera de inversión. Y ojo, a mí me “interesa” más la tesis disidente, porque entre que gane Filemón a que gane Hacienda, prefiero que gane Hacienda. Eso sí, Mortadelo que pierda lo máximo.
Tu ves cómo nos diferenciamos profundamente…
Ojo!!!! …
No veas/interpretes significado moral alguno en mis términos…
Pero a mi no me interesa ni que gane Filemón y/o Hacienda (Montoro/Rajoy–PP), y mucho menos que pierda Mortadelo….
Me interesa la armonía del sistema y su sentido común… me interesa la justicia de los viejos griegos que concebían la sociedad como un navío en el mar…. y donde la potencia y la seguridad de la nave dependía de la buena integración de todos sus tripulantes/pasajeros…
Te equivocas si me mandas a las praderas de Heidi
Porque mi destierro preferido está con Uises…
Mortadelo es tan lobo como como sus homólogos sean corderos…
Es lo que dice Boaventura en su brillante artículo cuando, inter alia, dice:
“Para muchas de estas culturas la existencia de un ser individual es tan problemática como absurda”.
Fíjate en la profundidad de esta frase cuando recuerdes las impresionantes imágenes del entierro de los Guardias Civiles muertos ayer por el Servio asesino.
Y por poco que reflexiones verás el absurdo y la problemática a que se refiere Boaventura incluso en el seno de nuestra ancestral cultura cristiana…
El bautismo es una ceremonia de integración social lo mismo que la misa de difuntos y el entierro es una exaltación colectiva de despedida al compañero que marcha (las imágenes de los Guardias Civiles en la puerta de la iglesia son diáfanas)…
Es la traducción cristiana del concepto fundamental del “UBUNTU” (Yo soy porque tú eres).
Fíjate la gigantesca violación de este concepto de colectivo que se produce en el futbol; un deporte de equipo que se usa como exaltación pura del individuo al grado máximo de ganancias astronómicas y culto al individuo cercano a la deificación… (Messi, Cristiano, etc, etc…)…. ¡es espectacular!…el grado de irracionalidad y violación de la naturaleza social de la comunidad humana.
Y la justicia es el instrumento que garantiza el derecho de la lógica individual sobre el derecho de la lógica colectiva…
Fíjate en el rescate público de los mismos agentes privados que “ROBAN” abiertamente a la ciudanía en nombre de la especulación y los servicios bancarios… «Too big to fall»
Esa es mi crítica al Constitucionalismo y todos sus derivados doctrinales…
Fíjate el grado de “artefacto de incongruencia” profunda de la institución jurisdiccional que “La Justicia” es la única institución social que se representa con los ojos vendados… Es decir; con el ideal de “sin–perspectiva–alguna”…. “¡JOYERÍA PURA Y DURA!… la de los joyos….¡Manda Huevos!… Más claro agua…
La incongruencia monumental de la institución jurisdiccional me recuerda el famoso artefacto antipoema del escritor Chileno Nicanor Parra cuando sentó cátedra con la frase: «USA, donde la libertad es una estatua»…
Yo diría algo parecido a; “Justicia, donde la equidad es la ceguera”
Que gane la Hacienda de Montoro y pierda Mortadelo es toda una contradictio in terminis…
Osease un OXÍMORON intergaláctico de COPÓN…
…¡Y LO SABES!…
NOTA:… Por cierto ¿qué trincheras conoces tu para luchar contra la cuasi–esclavitud?…
Un saludo