La sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña sobre el Prestige (que he leído esta tarde) ha decepcionado a muchos, porque no ha acabado en condena (salvo un anecdótico delito de desobediencia atribuido al capitán del barco). Enormes intentos por identificar a culpables claros de tanto desastre han sido finalmente ineficaces. Pero eso no es un fracaso.
No es un fracaso que el tribunal, muy gallego en su argumentación ("sí, pero no, aunque quizás, si bien es cierto que"), no haya encontrado una convicción suficiente como para formular el máximo reproche de la justicia (la condena penal por delito) a quienes tuvieron que ver con las omisiones y decisiones que acabaron con tantos kilómetros de costa anaegados de chapapote. Peor habría sido que, sin esa convicción, el tribunal hubiese condenado para simplemente satisfacer la necesidad social de encontrar a alguien en quien personalizar la culpa. Es decir, que hubiese elegido chivos expiatorios para defenderse de la niebla difusa.
Lo que dice la sentencia de la Audiencia de La Coruña es que entre las causas del desastre natural que sufrimos hace once años pudo haber alguna con rango de delito (por la gravedad de la culpa), pero que respecto de ninguna de las identificadas se ha llegado a la suficiente convicción, pues son demasiadas las alternativas y posibilidades de comprender qué ocurrió y qué habría ocurrido de obrarse de otro modo. Y, siendo así, la magnitud del daño causado no es suficiente como para condenar a nadie, porque lo que delimita y distingue la responsabilidad penal (pena) de la civil (indemnización) no es la entidad del daño, sino la gravedad de la culpa de "alguien".
Nadie ha convencido al tribunal de que alguien en esta historia fuese un delincuente. Nadie le ha convencido de que alguien haya tomado decisiones equivocadas despreciando otras que comprometieran menos el medio ambiente, bien por no haber dedicado la diligencia y esfuerzo que la situación exigía, bien por anteponer intereses más pequeñitos (ahorro de costes, intereses políticos, etc.) al interés prioritario de evitar el desastre ecológico.
Queda, entonces, la responsabilidad civil, porque, ahora sí, semejante daño se produce con motivo de la explotación de una actividad de riesgo por la que se obtienen beneficios. Y aunque no haya delincuentes (o no se haya probado de ninguno), sí hay responsables civiles
Nunca puede imponerse una sanción penal para tranquilizar o satisfacer a la gente, ni siquiera a las víctimas. Las sociedades modernas deberíamos estar menos apegados al recurso extremo del Derecho penal, y buscar más la satisfacción "civil" de la reparación del daño. Esta sí es una de las cosas que han fallado en este asunto, porque me temo que algunas responsabilidades civiles van a quedar sin deducirse y buena parte del daño sin reparar. Eso es lo importante.
by Ernesto L. Mena
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